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Cartas de crédito

Cartas de crédito


Las cartas de crédito representan un medio de pago confiable e irrevocable por parte de un banco al beneficiario, siempre y cuando se cumplan los términos y condiciones de la carta de crédito*. Para dar una certeza jurídica, una vez emitidas no pueden ser modificadas, ni canceladas, salvo por común acuerdo de las partes.

Se emiten en pesos y en dólares americanos.

*Los bancos sólo negocian con los documentos NO revisan ni negocian con las mercancías.


 

Standby

 
Es una modalidad de carta de crédito que se utiliza como una garantía y se ejerce en caso de incumplimiento de una obligación de tipo comercial, financiero o de servicios.

Por lo general son negociables a la vista contra la presentación de una “carta de incumplimiento” emitida por el beneficiario.

La finalidad de este tipo de cartas de crédito, es que permanezcan como un respaldo -una garantía- para el beneficiario y se hacen efectivas en caso de incumplimiento por parte del ordenante.

Las cartas de crédito Standby se utilizan generalmente cuando:
  • Se necesita un instrumento flexible para garantizar transacciones contractuales de todo tipo: financieras, comerciales, servicios, etc.
  • Para el beneficiario, representa una segunda alternativa de pago.
  • Representa un compromiso en firme, irrevocable, independiente y documentario.
 

 

Carta de crédito doméstica

 
Es aquella que sirve como instrumento de pago en transacciones comerciales en las que la empresa ordenante y el beneficiario se encuentran en el mismo país.

Se define como una orden condicionada de pago que emite una institución de crédito –banco emisor– por cuenta y orden de personas morales –empresa compradora u ordenante–, a favor de otra –empresa vendedora o beneficiaria–, con el compromiso de honrar el pago a su favor, contra la presentación de determinados documentos relativos a la venta de mercancías o prestación de servicios, los cuales deben cumplir estrictamente los términos y condiciones estipulados en la carta de crédito.
 
 

¿A quién va dirigido?

 
  • Empresas compradoras o vendedoras de bienes y/o servicios.
  • Empresas del sector público o privado.
 
 

Beneficios

 
 
 

Carta de crédito de importación

 
Se define como una orden condicionada de pago que emite una institución de crédito –el banco emisor– por​​​​ cuenta y orden de personas morales –empresas importadoras,  compradoras u ordenantes–, a favor de otra –empresa exportadora, vendedora o beneficiaria–, con el compromiso de honrar el pago a su favor, a través de otra institución de crédito, contra la presentación de determinados documentos relativos a la venta de mercancías o prestación de servicios, los cuales deben cumplir estrictamente los términos y condiciones estipulados en la carta de crédito.
 
 

¿A quién va dirigido?

 
  • Empresas mexicanas que importan bienes y/o servicios (materias primas, insumos o componentes para sus procesos de producción y/o productos terminados).
  • Empresas del sector público.
 
 

Beneficios

 
 

Consideraciones de contratación

 
  • Integrar expediente legal.
  • Ser sujeto de crédito y solicitar una línea de crédito con Nafin para la emisión de cartas de crédito.
  • Cubrir el importe de la comisión correspondiente.